miércoles, 27 de febrero de 2013

Habilitación profesional para conductores de ambulancias.

Parece que estamos más cerca de lo que nos podemos imaginar, para que empiece el proceso que acabará con una práctica habitual hasta ahora, que no es otra que, la de montar en nuestras ambulancias a personas con más o menos voluntad, pero ningún tipo de formación reglada para desarrollar las funciones que son desempeñadas en los vehículos de transporte sanitario por carretera, por los actuales conductores de ambulancias.

De forma general, hasta el día de la entrada en vigor del Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, conducir una ambulancia y prestar asistencia sanitaria básica en el sector extrahospitalario, era algo que se podía realizar con un carnet de conducir tipo BTP, sin más exigencias por parte de las administraciones y/o las empresas. Es decir, nos encontramos con profesionales que actúan bajo el imperio de la intuición o en el mejor de los casos, siguiendo las recomendaciones de formadores, entre los que nos podemos encontrar algunos cuyo nivel académico no supera el de la Educación Secundaria Obligatoria. Es de justicia mencionar que además existen algunos profesionales con un alto grado de interés por el conocimiento, y seguramente debido a éstos estemos hoy donde estamos.``Camino del reconocimiento del TES´´

Es obvio que nos encontramos inmersos en medio de un proceso de transición dentro un modelo sanitario de atención primaria, en el que el Técnico en Emergencias Sanitarias, debe desempeñar el papel que le corresponde. Para garantizar en pleno, una asistencia más eficiente que potencie la seguridad del paciente.

Empero, con éste proceso de habilitación, podemos caer en el error de otorgar privilegios profesionales a personas que de una forma lógica e incluso loable, intentarán alcanzar el reconocimiento máximo de sus funciones, incluso de aquellas que no venían realizando, sin reparar que tal habilitación no implica recibir los conocimientos que ostenta un Técnico en Emergencias Sanitarias.

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